15.12.09

Sectores proyectados para tratar en salud pública

Las campañas de prevención y preservación de un entorno habitacional y ambiente sano, surtieron los efectos positivos y esperados entre las comunidades, quienes se favorecieron con la desratización adelantada oportunamente.
El Jardín, La Honda, Caracolí, Los Rosales, Balboa, Valle Real, San Juanito, Galería Satélite, Alto bonito, Las Palmitas, Galería Central, Chambimbal, San Antonio, El Bosque, Pueblo Nuevo, El Porvenir, La Palomera y El Manantial.
Dentro de los análisis de coberturas y a medida que se fueron desarrollando los elementos de control, se incorporaron nuevas localidades, con el fin de atender los problemas de roedores.
Las nuevas localidades que se incorporaron al programa son:
Puerto Bertín, Ricaurte, La María, Chambimbal La Campiña, Jorge Eliécer Gaitan, Fuen mayor.
El cronograma diseñado se llevó a cabo según se formuló al momento de establecer el programa de control de roedores.

• Los diagnósticos se levantaron para elaborar el plan de control.
• Se socializó el plan de trabajo con el personal operativo y se establecieron las variables para el ejercicio, las cuales se documentaron en actas de reunión.
• Se dio educación a la comunidad a través de medios de comunicación, visitas a las JAC y directamente por el personal aplicador, entregando los plegables educativos y explicando la labor ejercida.
• Se hizo la aplicación con las medidas diseñadas por el equipo de trabajo, portando los elementos distintivos de la entidad (chalecos, carnets, actas) y pegando el sticker en las viviendas tratadas.
• Se dejaron las indicaciones para que en un plazo de 12 a 15 días posteriores a la aplicación se realizarán las acciones de limpieza y ordenamiento.
• Se realizó encuesta de satisfacción a los beneficiarios del programa, para medir el nivel de efectividad del control y la calificación del mismo.

Encuestas de calidad.
Después de la aplicación se debatió con todo el equipo de trabajo la manera de calificar el programa, con el fin de dar claridad al usuario al momento de asignar valores al proceso, se definieron dos preguntas específicas a saber:

1. ¿Considera usted que el programa de control de roedores disminuyó el problema de ratas en su sector?
2. ¿Cómo califica el programa?

En el caso de la primera pregunta, se pretende medir de manera indirecta el grado de efectividad del programa de acuerdo a la visión de los ciudadanos.
Para la segunda pregunta, se quiere saber qué tan bueno o malo es el programa, con el fin de no caer en ambigüedades con preguntas técnicas hacia la población beneficiaria. Se dejaron las anteriores preguntas para medir efectividad y satisfacción del programa.
Para este fin se diseñó encuesta de calidad con estas dos preguntas y se tomaron muestras aleatorias para que cada ciudadano respondiera a su criterio.

Los indicadores definen lo siguiente:

• La disminución de la problemática por roedores fue significativa a nivel de municipio, lo que lleva a pensar que la aplicación de otro proceso similar podría disminuir más la situación negativa existente, que en general, se presenta en todas parte donde haya zonas urbanizadas.
La calificación del programa fue exitosa bajo la perspectiva poblacional. Este aspecto orienta a las instituciones a deducir que su implementación favorece las condiciones sanitarias y el saneamiento ambiental, disminuye los riesgos biológicos y los daños en los materiales y materias primas de uso humano. Por lo anterior es pertinente que este tipo de actividad pueda institucionalizarse y desarrollarse al menos por 5 años consecutivos para aminorar al máximo la población de roedores que convive con la población local.
• Considerando el número de viviendas atendidas y con una población total protegida de 26.160 habitantes (promedio), se obtiene que la efectividad del programa protegió directamente al 88.5%, es decir; 23.152 habitantes.

En Buga se logró reducir la situación y márgenes de contagio de leptospirosis provocada por los roedores, que encontraban lecho de descanso en los hogares.

Los bugueños con buena calidad de vida

Organizar la casa para que se pueda brindar calidad en el servicio y se cuente con un ambiente laboral sano y adecuado, ha sido uno de los primordiales propósitos del Secretario de Salud del municipio Doctor Hoverth Mejía, quien siguiendo las iniciativas del Mandatario Freddy Hernando Libreros Henao, desde el primer día de su gestión propuso avanzar en temas de salud, donde se beneficie toda la población en especial la no asegurada.
La buena y oportuna gestión del ejecutivo municipal, permite que en la actualidad los bugueños gocen de las bondades que el Gobierno Nacional brinda através de los entes territoriales o municipales y que debe ser de obligatorio cumplimiento por parte de los gobernantes, siendo así Guadalajara de Buga uno de los municipios del departamento del Valle del Cauca, que en este periodo administrativo se ha destacado por liderar procesos de avanzada, que como quiera que sea redundan en la tranquilidad social de muchas familias.
En el caso de la eficiencia en los recursos, la Secretaria de Salud del municipio, logra mejorar los recaudos hasta el punto de cumplir con las responsabilidades propias y aportar en los servicios que no están cubiertos por el POS, la suma de $1.421 millones de pesos, de los cuales se girarán importantes partidas a los Hospitales San José y Divino Niño.
La ley permite que las entidades territoriales del sector salud que cuenten con buen recaudo en este sistema, puedan contribuir con las clínicas y hospitales en debida manera de la red pública de su jurisdicción, por ello el Secretario de la Cartera de Salud Municipal Hoverth Mejía, bajo el direccionamiento del Mandatario Freddy Hernando Libreros Henao, generó el aporte de unos recursos económicos para que contribuyan con la mitigación de las falencias que se presentan en otros hospitales en municipios del norte y centro del departamento.
Estos recursos económicos que aporta la Secretaria de Salud de Buga a los hospitales del municipio y de otras localidades, hace parte de la buena ejecución de los programas y la optimización del gasto, este proceso se realiza por primera vez en Buga, y por fortuna en la administración Fuente de progreso y Desarrollo Regional, con el doctor Freddy Libreros.
En lo concerniente al Régimen Subsidiado, Buga cuenta en la actualidad con una población de 56.000 cubiertos y bien ubicados en la base de datos, un sistema posicionado en primer puesto a nivel del Valle del Cauca, con un 97% de calidad; lo cual deja notar que la eficiencia de esta dependencia se refleja en la forma como se brinda calidad de vida a los habitantes.
En este sentido el funcionario manifestó que de manera constante ofició a las EPS para que mantuvieran una constante relación de buen servicio a los usuarios y beneficiarios del régimen subsidiado, razón primordial de existir estas entidades comprometidas en la prestación oportuna del servicio de salud, garantizando así entre la población beneficiada buen proyecto de vida saludable.
La salud sexual y reproductiva es otro de los temas que más preocupaba al ejecutivo municipal y que gracias al esfuerzo, compromiso y campañas educativas adelantadas en la ciudad, se logran resultados benéficos, debiendo capacitar los profesionales en el área de la salud, vinculando entidades del estado como la Fiscalía, comisaria de familia, hospitales, médicos, áreas de urgencia y así tener una ciudad bien fortalecida al momento de atender un caso de violación.
En el marco del Proyecto Promoción de Derechos y Redes Constructoras de Paz, liderado por la Presidencia de la República, las Secretarías de Desarrollo Social, Salud y Educación, implementarán en 30 municipios del Valle del Cauca, el programa de Salud Sexual y Reproductiva, con una inversión de $400 millones.
Hoverth Mejia Secretario de Salud en Buga, aseguró que este representa un espacio a través del cual los jóvenes podrán hacer un reconocimiento a su salud, al cuidado de su cuerpo, a la equidad de género, a los derechos y deberes. Esta iniciativa cuenta con una línea de generación de ingresos y de participación social.
Para este año una de las novedades será la implementación del Sexy Bus, el cual estará acondicionado con videos, materiales didácticos y educativos sobre Salud Sexual y Reproductiva; este Sexy Bus recorrerá la geografía de la región vallecaucana, entregando además información precisa y puntual.
En Buga los programas en ese sentido han avanzado de la mano de las comunidades, siendo así que desde los planteles educativos las campañas y jornadas de concientización han sido aplaudidas por los cuerpos docentes, directivos docentes, estudiantes y los mismos padres de familia, a quienes se les salió de las manos este tema de trascendental importancia.
Otro de los propósitos con esta iniciativa, es romper el tabú, “debemos disfrutar de nuestra sexualidad de una manera responsable” indicaron los estudiantes de grados superiores donde se difundió ampliamente la campaña educativa.
Para tal fin el Gobierno Departamental ha venido capacitando a diversos jóvenes que a través de diversas Redes Sociales están siendo líderes en sus localidades de los temas relacionados con Salud Sexual y Reproductiva, convirtiéndose en multiplicadores de la información.
Buga ha contado con un grupo de personas capacitadas en el área, que de la mano de profesionales idóneos en la materia llegan oportunamente a los establecimientos educativos, grupos de muchachos y población desempleada específicamente, informándoles sobre este buen propósito.
Los embarazos a temprana edad, las infecciones de transmisión sexual, la doble protección en una relación sexual y los métodos anticonceptivos, serán socializados por expertos en estos temas, a través de este programa. De igual manera se abordarán temas relacionados con el abuso sexual.
Los observatorios de violencia intrafamiliar se han fortalecido en busca de facilitarles las herramientas necesarias para que puedan combatir el flagelo del maltrato a las mujeres, los niños y los jóvenes o que se cometan conductas inadecuadas en abuso sexual contra la población menor de edad.
El proyecto colaborativo de la Universidad del Valle, se desarrolló dentro del marco de los recursos del PAB (Plan de Atención Básico en Salud), en 17 municipios del departamento del Valle del Cauca, distribuidos de la siguiente forma: 11 municipios de la fase anterior: Ansermanuevo, Cartago, Caicedonia, Sevilla, Tuluá, Buga El Cerrito, Palmira, Florida, Jamundí, Buenaventura y 6 municipios nuevos: Zarzal, Roldanillo, Yotoco, Pradera, Candelaria y Dagua, a los cuáles se les ha extendido la experiencia de la fase anterior. El trabajo se enfoca en una serie de estrategias metodológicas.
Estandarización de la información proveniente de las diferentes fuentes de datos relacionados con la atención de casos de violencia intrafamiliar, recopilación y procesamiento de la información en el Software respectivo.
•Análisis y elaboración de reportes para la toma de decisiones.
•Aplicación de un diagnóstico para reconocimiento del estado municipal de las redes.
Capacitación en aspectos legales de la revisión de competencias y cualificación de los actores a través de instrumentos de comunicación: Tablero de Rutas para la Atención a niñez maltratada, Guía Naranja para el usuario y documento técnico de competencias Institucionales.
El área de salud pública ha logrado reducir de manera histórica los casos de dengue que afanosamente preocupaba las autoridades en salud del municipio y en casos puntuales como Pueblo Nuevo, donde la Leptospirosis campeaba afectando toda la población de este sector, y en la actualidad no se registra ninguna persona afectada, toda vez que se logró reducir al máximo este flagelo, sobre este tema, el área de saneamiento Ambiental entregó un informe pormenorizado y detallado de cómo se adelantaron los trabajos de prevención y erratizacion en el municipio de Buga.
El programa se diseñó para atender los problemas de roedores en 17 sectores urbanos y rurales, con una cobertura de 5041 establecimientos.
El programa dio inicio el 10 de julio de 2009 y se desarrollaron las actividades de educación, inspección y control, acorde al cronograma de actividades contenidos en el documento.
Gracias al apoyo y colaboración de Calisalud, se logró adelantar el proceso de Mamografías para 500 mujeres mayores de 40 años de manera gratuita, lo cual debe seguir en firme en el año venidero y ampliar el programa a las restantes EPS que prestan el servicio en Buga.

14.12.09

Jueces de Paz

Elección de los Jueces de Paz
El artículo 11, párrafo 2 de la Ley 497 de 1999, sobre Jueces de Paz, establece que: Los jueces de paz y de reconsideración, serán elegidos mediante votación popular por los ciudadanos de las comunidades ubicadas en la circunscripción electoral. Como vemos, esta es una excepción valida en materia de nombramiento de funcionarios públicos, fundamentada en que la condición de los jueces de paz y los jueces de reconsideración, es distinta a la del resto de estos funcionarios como ya lo mencionamos antes en otros apartes. Son personas que trabajan en y por su comunidad, por lo cual, es natural que ella misma las elija de manera democrática, de acuerdo con sus intereses colectivos.
Si bien, el campo de actuación de los jueces de paz y de reconsideración es el de la justicia comunitaria, ellos son sin embargo, parte integral de la justicia ordinaria, puesto que en últimas, se trata de jueces con una investidura similar a la de los jueces ordinarios, y así fue determinado desde instancias institucionales y legislativas.
El proceso para la elección de Jueces de Paz, se realiza a través de los Consejos municipales, que son los encargados de 31 convocar a estas elecciones y determinar, para el efecto, las circunscripciones electorales que sean necesarias para estas elecciones. Los candidatos, son postulados ante el respectivo Personero Municipal, por organizaciones comunitarias con personería jurídica o por grupos organizados de vecinos, inscritos en la respectiva circunscripción que haya señalado el Concejo.
La elección de los jueces de paz, se realiza conforme a la reglamentación expedida por el Consejo Nacional Electoral.
Perfil de los Jueces y Requisitos para postularse
Teniendo en cuenta que el Juez de Paz es un servidor de y para la comunidad que lo elige, debe por lo tanto reunir las siguientes cualidades: Ser un líder comunitario y de confianza, reconocido por sus vecinos. Ser honesto, transparente e imparcial. Que tenga capacidad de entender, y a su vez, de ayudar a las personas de la comunidad a resolver sus problemas. Que transmita empatía y credibilidad en las personas de la comunidad. Que además, conozca la historia, usos y costumbres comunitarias del barrio o comuna para la cual será elegido. Que esté alejado del proselitismo político.
Pero además de estas cualidades, el ciudadano interesado en postularse para Juez de Paz, necesita cumplir con unos requisitos mínimos exigidos por la Ley: Ser mayor de edad. Ser ciudadano en ejercicio. Estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos. Que haya residido en la comunidad respectiva, por lo menos un año antes de la elección.
Las etapas e instancias de Jurisdicción de Paz
El proceso que debe realizar un Juez de Paz, está compuesto por tres etapas importantes y fundamentales: La Conciliación en Equidad, la Sentencia o Fallo en Equidad y la Reconsideración.
. La Conciliación en Equidad. La Conciliación en Equidad es la etapa de mayor importancia en el proceso ante la jurisdicción de paz. Ningún Juez de Paz podrá dictar sentencias sin antes haber agotado la vía de la conciliación.
Es importante señalar que el Juez de Paz es ante todo un conciliador en equidad, la razón de ser del Juez de Paz la constituye su calidad de conciliador, pues él primero deberá buscar una solución concertada del conflicto que tienen las personas que acuden a él. Primero intenta la conciliación, y en caso tal que esta no se logre, procederá a emitir un fallo que en todo caso deberá estudiar con detenimiento para que sea un fallo equitativo y justo para las partes. Ser conciliador exige unas capacidades, que aprovechadas con empeño, fácilmente pueden conseguirse. Esas capacidades son: La escucha y la imparcialidad. En primer lugar, hay que escuchar a las partes, escuchar la versión o percepción que tenga cada una del asunto que se está tratando, y en segundo lugar hay que actuar de manera neutral, imparcial, motivando, eso sí, a las partes para que solucionen ellas mismas el problema, con base en el sentido de la igualdad, lo justo, lo equitativo y el beneficio común.
. La Sentencia o Fallo en Equidad. Solo cuando en la etapa de la conciliación no se haya logrado un acuerdo entre las partes, el Juez de Paz fallará en equidad, dando por resuelto el problema. En el término de cinco (5) días hábiles, después de efectuada la audiencia de conciliación, y teniendo en cuenta la evaluación de las pruebas allegadas, dictará sentencia en equidad. Se dejará constancia por escrito de la decisión y se notificará a las partes, por el medio que se considere más adecuado. Recordemos que la importancia del fallo de los Jueces de Paz, radica en que estos deben basarse siempre en los valores, principios y percepciones de justicia y equidad, propios de la comunidad. Es necesario pues, que en el acto de un Juez de Paz, las partes sientan que la decisión es razonable y justa, que no se está favoreciendo más a uno o al otro, sino que lo que se pretende, es tratar de encontrar un equilibrio en la decisión, donde no habrá vencedores, ni perdedores. Debe generar en la comunidad un nivel de certeza, demostrando que es imparcial y que su decisión no busca favorecer a ninguno en especial, por lo que siempre hay que analizar y tener en cuenta los intereses de las partes, y así tratar de que queden satisfechas con el fallo.
. La Reconsideración. Es también una etapa muy importante dentro del proceso adelantado en la jurisdicción de paz. Es la fase de apelación en segunda instancia dentro de este proceso, y consiste en la posibilidad que tienen las partes, que no quedaron satisfechas con la decisión del Juez de Paz, de revisar la sentencia o apelar la decisión. Es decir, que todas las sentencias en equidad emitidas por el Juez de Paz, son susceptibles de apelación o reconsideración, y analizadas por un juez de segunda instancia, denominado Juez de Reconsideración.
 
¿Importancia de los Jueces de Paz y los Jueces de Reconsideración en Colombia?
Los jueces de paz y los jueces de reconsideración, son personas comunes, miembros de la sociedad, ciudadanos colombianos que ayudan a la gestión, tratamiento y transformación de los conflictos que se presentan en las comunidades. Son líderes comunitarios, personas de trayectoria y reconocimiento en una comunidad, que son propuestos por ella misma para que se postulen como jueces de paz, a través de organizaciones comunitarias con Personería Jurídica, o por grupos organizados de vecinos, y ser así elegidos por votación popular. Estos jueces no tienen que ser abogados, ni necesitan saber de leyes, mucho menos ser profesionales de otras áreas; solamente saber cómo son y cuáles son los principios y valores que unen a su comunidad, para que con base en ellos, busque soluciones pacíficas a los conflictos que la misma comunidad de manera voluntaria, deja a su criterio, para ser resueltos a través de la conciliación o de fallos en equidad.
La labor de los jueces de paz consiste en ayudar a que las personas involucradas en un conflicto, encuentren la solución para salir de él, motivándolas y orientándolas en la búsqueda de formulas de arreglo y soluciones justas para todos, pero cuando las partes no llegan a un acuerdo voluntario, el juez de paz procederá a emitir un fallo en equidad o sentencia que de por solucionado el asunto.
Erick A. Viasus Vaquiro
Juez de Paz Comuna No. 3
José G. Grisalez Ochoa
Juez de Paz Comuna No. 4
Luz Nelly Moreno
Juez de Paz Comuna No. 5
Diego Fernando García Díaz
Juez de Paz Comuna No. 5
James Marín
Juez de Paz Comuna No. 6
María del Pilar Moreno
Jueza de Paz Comuna No. 7
Efrain Conde Montoya
Juez de Paz Comuna No. 8
Es importante tener en cuenta que la figura de los Jueces de de Reconsideración, es la segunda instancia frente a los fallos proferidos por los Jueces de Paz.
¿Quiénes se benefician por las elecciones de Jueces de Paz?
Teniendo en cuenta, que el objeto natural de la Justicia de Paz es conseguir la convivencia pacífica en las comunidades, mediante el funcionamiento de unas reglas de juego de las que se apropian los ciudadanos y que no son impuestas, la mayor beneficiada es precisamente la comunidad, ya que a través del Juez de Paz, su localidad buscara salida a los conflictos cotidianos, facilitando la realización de la justicia.
Pero también la Administración de Justicia se beneficia con la Justicia de Paz, pues no podemos desconocer que el legislador la reglamentó con la finalidad, en principio, de dar solución a los vicios y defectos que adolece la Justicia Ordinaria, a la vez que quiere promover otro mecanismo, como la Conciliación, que contribuya a la descongestión de los despachos judiciales.
Acuerdo para la elección de los jueces de paz en Buga
Dada la imperiosa necesidad de la figura de los jueces de paz y reconsideración en esta ciudad, y que de manera positiva se avanzo en el proceso desde su conformación, la secretaria de gobierno doctora Aura María Arango Campo oficio al honorable concejo municipal para que facilitara los mecanismos de participación, a fin de lograr de manera democrática la inscripción de las personas que de manera habilitada pudieran participar en el proceso en la fecha señalada, en ese sentido se profirió el acuerdo número 011 del 18 de septiembre de 2.008. El Concejo Municipal de Guadalajara de Buga (Valle), en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 11 y 13 de la Ley 497 de 1999 y ley 136 de 1994,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO. Mediante Acuerdos del Honorable Concejo Municipal números 026 de agosto 2001, 046 del 01 abril de 2002, y 067 de diciembre 12 de 2002 se adoptó la jurisdicción de paz y se determinaron las circunscripciones electorales en el municipio de Guadalajara de Buga.
ARTÍCULO SEGUNDO. Que el periodo de la primera promoción de Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración se cumplió entre el 25 de abril de 2003 y el 06 de junio de 2008, en un periodo de cinco años.
ARTÍCULO TERCERO. Que a la fecha el municipio de Guadalajara de Buga, se encuentra sin Jueces de Paz y Jueces de Paz de Reconsideración por vencimiento del periodo legal que se cumplió entre el 25 abril de 2003 y el 06 de junio de 2008.
ARTÍCULO CUARTO. Que en tales circunstancias se hace necesario abrir nueva convocatoria para elección de Jueces de Paz y Jueces de Paz y Reconsideración en el municipio, por voto popular, atemperándose en la misma circunscripción electoral establecida en los Acuerdos citados como en el Acuerdo 043 del 20 de septiembre de 1993. Estos son: seis (6) comunas para la zona urbana y tres (3) comunas rurales, que corresponden a las mismas circunscripciones electorales, las cuales se discriminan así:
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO UNO (1)
Comprende los Barrios El Molino, La Revolución, Guadalajara 2, Los Almendros, Urbanización Altamira, Urbanización Prados de Oriente I, II.
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO DOS (2)
Comprende los Barrios San Antonio, Santa Bárbara, Fuenmayor, Bello Horizonte, Urbanización Cooviprof, Urbanización las Palmitas.
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO TRES (3)
Comprende los Barrios El Divino Niño, Sucre, Paloblanco, La Concordia, Urbanización la Concordia, Urbanización Valle Real, Albores de San Juanito.
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CUATRO (4)
Comprende los Barrios Ricaurte, José María Cabal, La Merced, Los Ángeles, Aures, Urbanización Prados de la Julia, Urbanización Prados del Sur, Urbanización Portales del Río, Urbanización Santa Rita.
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CINCO (5)
Comprende los Barrios La Ventura, Popular, María Luisa de la Espada, Jorge Eliécer Gaitán, El Jardín, La Honda, San Marino, Urbanización Caracolí, Urbanización Los Rosales, Urbanización El Edén, Urbanización Balboa, Urbanización Ciudadela Comfenalco, Urbanización Brisas del Norte.
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO SEIS (6)
Comprende los barrios El Carmelo, Estambul y El Albergue.
PARÁGRAFO. Los asentamientos urbanos no definidos como barrios, se considerarán incorporados dentro de los límites de la circunscripción electoral donde están localizados los barrios, urbanizaciones, conjuntos residenciales, que hayan sido construidos después de entrar en vigencia el Acuerdo No. 043 de septiembre 20 de 1993. Se entenderían incluidos en la respectiva circunscripción electoral, teniendo en cuenta como base, la actualización de la estratificación para el Municipio de Guadalajara de Buga, adoptada mediante Decreto 082 de octubre 22 de 1999, según la comuna en la que fueren clasificados.
ARTÍCULO QUINTO. El municipio de Guadalajara de Buga se dividirá en tres 3
Circunscripciones electorales en su zona rural así:
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO SIETE (7)
Comprende las jurisdicciones de:
a. CHAMBIMBAL. Chambimbal, San Antonio, La Campiña, Cerro Rico, La Honda.
b. PUEBLO NUEVO: No tiene veredas.
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO OCHO (8)
Comprende las jurisdicciones de:
a. EL VÍNCULO. El Vínculo, El Bosque.
b. QUEBRADASECA: Quebrada seca, Manantial.
c. ZANJÓN HONDO. Zanjón Hondo, Sonsito, Santa Bárbara, San Antonio y La Unidad.
CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO NUEVE (9)
Comprende las siguientes jurisdicciones:
a. FRISOLES. Frisoles, La Florida.
b. EL PORVENIR: El Porvenir, La Palomera, Puerto Bertín.
c. EL SALADO. El Salado, San Agustín.
d. EL ROSARIO: Santa Rosa, Santa Rita.
e. LA PLAYA DEL BUEY: La Playa, el Topacio.
f. CRUCERO NOGALES: El Crucero.
g. RÍO LORO. Río Loro, La Mesa.
h. EL PLACER El Placer.
i. MONTERREY: La Unión, Mira valle, El Rosario de Fátima, Monterrey, Parcelación San José
j. MIRAFLORES: Miraflores
k. LA MARÍA. La primavera, los medios, La María.
l. LOS BANCOS: El Jardín, La Venta.
m. LA HABANA: La Habana, La Magdalena, Alto Cielo, el Janeiro, Alaska, El Diamante, La Piscina, las Frías, la Planta, La Granjita (Guadualejo).
ARTÍCULO SEXTO. En cada circunscripción electoral será elegido un (1) juez de paz, con excepción de las circunscripciones electorales números 1 y 5, que por su vulnerabilidad serán elegidos dos (2) jueces de paz para cada una, para periodo de cinco (5) años, reelegibles en forma indefinida, mediante votación popular por los ciudadanos de las comunidades ubicadas en las circunscripciones electorales respectivas, comicios que solamente podrán coincidir con la elección
de Juntas de Acción Comunal o Consejos comunales que se efectúen en el municipio de Guadalajara de Buga. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el título IX, artículo 35, inciso 2 de la Ley 497 de 1999.
ARTÍCULO SÉPTIMO. Para reconsiderar los fallos en equidad proferidos por los Jueces de Paz de las nueve (9) circunscripciones electorales, serán elegidos dos (2) Jueces de Paz y reconsideración, de candidatos postulados específicamente para este cargo, en la misma fecha de la elección de los Jueces de Paz, por votación popular, en la cual podrán participar los ciudadanos de todas las nueve
(9) comunas en que se divide el municipio, para periodo de cinco (5) años, reelegibles en forma indefinida.
ARTÍCULO OCTAVO. Los candidatos serán postulados ante el respectivo Personero Municipal, por organizaciones comunitarias con personería jurídica vigente, o grupos organizados de vecinos inscritos en la respectiva circunscripción electoral señalada por esta corporación en el presente Acuerdo.